Sobre la ley en América Latina
Entre los distintos pueblos, existe una diferencia abismal en su actitud ante la ley.
19 de Enero de 2017
Entre los distintos pueblos, existe una diferencia abismal en su actitud ante la ley. En algunos de ellos, como por ejemplo en Alemania o los Estados Unidos, la ciudadanía suele sentir un respeto casi reverencial hacia ella mientras que, en las naciones latinoamericanas, se las tiene en muy baja consideración.
¿Por qué sucede esto?
Las posturas contrapuestas descriptas derivan de que la ley es tan solo un instrumento. Y, en tanto medio, puede ser correcta o incorrectamente utilizado. En el primer caso, la ley será la materialización de normas de conducta recta, generales y abstractas, enraizadas en las costumbres de esa comunidad; en el segundo, será algo artificial, una especie de aparato ortopédico, aprobada con el fin de beneficiar arbitrariamente a ciertos grupos sociales, especialmente, a la casta gobernante.
Hace siglos que se conoce sobre la influencia que tiene la legislación sobre la prosperidad o la miseria de un país determinado. El primero em compartir un estudio sistemático de ese factor -basándose en evidencia empírica- fue Montesquieu. Este filósofo francés se trasladó durante tres años por numerosas naciones europeas (Alemania, Suiza, Italia, Austria, Hungría, Holanda e Inglaterra), analizando sus costumbres, hábitos, ideas predominantes y normas jurídicas. Muchas de las conclusiones a las que arribó fueron volcadas en su afamada obra El Espíritu de las Leyes. Allí, expone que las reglas que determinan la conducta humana no son permanentes ni absolutas, sino que surgen y evolucionan de acuerdo a los contextos históricos, culturales, tipos de gobierno y el carácter de una sociedad determinada.
De sus observaciones in situ, Montesquieu concluye que la mejor forma de gobierno es la republicana, donde las tres ramas del Estado son independientes y se controlan mutuamente. Para decirlo en otros términos, “que el poder controle al poder”. Tal es el modo más efectivo de impedir el despotismo. Adicionalmente, la bondad de la República reposa en que se construye sobre la virtud ciudadana, lo cual provoca que la igualdad y la libertad sean las notas predominantes.
Si a un latinoamericano le dicen que la ley es la garantía de su libertad, soltará la carcajada porque generalmente en nuestro continente ocurre lo contrario. Según Frédéric Bastiat, “la ley es la organización colectiva del derecho individual de legítima defensa” que emana del derecho natural. Cada uno de nosotros está empoderado por naturaleza, a “defender su persona, su libertad y su propiedad, puesto que son éstos los tres elementos constitutivos o conservadores de la vida, elementos que se complementan entre sí”.
Sin embargo, en América Latina, la ley “se dedicó a aniquilar la justicia, precisamente el valor que debía ensalzar […] Puso la fuerza colectiva al servicio de los que buscan enriquecerse, sin riesgos ni escrúpulos, a expensas de las personas, las libertades y las propiedades de los demás. Protegió la expoliación y le confirió categoría de derecho. Denigró la legítima defensa y la rebajó a la categoría de crimen”.
Pero, conforme hemos apuntado previamente, la norma jurídica deviene apenas en un instrumento que operan las autoridades. En consecuencia, son ellas las directamente responsables de esta corrupción de la ley.
Un ejemplo de lo anteriormente dicho, lo constituye el proyecto de ley actualmente a estudio del parlamento uruguayo. El Poder Ejecutivo presiona para que sea aprobado antes de que finalice el 2016. El proyecto en cuestión establece lo siguiente:
Las instituciones financieras deberán informar al fisco los saldos y rentas acreditadas en cuentas bancarias de residentes y extranjeros. Asimismo, obliga a identificar a los beneficiarios finales de sociedades uruguayas y aumenta los impuestos a las sociedades en paraísos fiscales. Establece la obligación de las instituciones financieras (bancos, fideicomisos, fondos de inversión, entre otros) de informar anualmente a la Dirección General Impositiva (DGI) "el saldo o valor de la cuenta al cierre del año civil así como su promedio anual durante el referido año" de sus clientes, tanto de los residentes como de los no residentes. En la futura reglamentación, el Gobierno definirá el monto mínimo a partir del cual será obligatorio el reporte al fisco, pero ya se adelanta que será muy bajo.
Mario Bergara, presidente de Banco Central, con cinismo proclamó que esa norma constituye "un golpe casi mortal" al secreto bancario. Es decir, que el jerarca se jacta de debilitar los derechos a la privacidad, a la libertad y a gozar de la propia propiedad sin tener que rendirle cuentas a nadie. Se invierte el peso de la prueba y se violenta un principio jurídico republicano: “Toda persona es inocente hasta que se pruebe lo contrario”.
Lo más grave de todo es que incluso el derecho a la vida peligra porque como señala Bastiat, la libertad y la propiedad y su relación intrínseca son indispensables para conservarla.
Leyes de esa índole son nefastas porque cuando la norma se convierte en instrumento de expoliación, borra de las conciencias la distinción entre lo que es justo e injusto. Con respecto a este asunto, Bastiat enfatiza que la existencia de una sociedad presupone el respeto a las leyes. Y lo único que garantiza esa conducta es que las leyes sean respetables. Pero, “cuando la Ley y la Moral entran en contradicción, el ciudadano se encuentra ante la cruel disyuntiva de perder, ya sea el principio moral, ya el respeto de la ley, dos desgracias de similar magnitud”.
Por tanto, muchos de los males de América Latina se originan en el hecho de que, a lo largo de la historia, nuestras autoridades frecuentemente han aprobado leyes que no dignas de respeto.
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@Hana_Fischer
Sobre Hana Fischer
Es Analista Política en la República Oriental del Uruguay. Colabora en numerosos medios internacionales, particularmente en el sitio web en español de The Cato Institute.