ESTADOS UNIDOS: CHARLES 'CULLY' STIMSON

Sobre el funcionamiento de la justicia militar: los alegatos contra Bowe Bergdahl

Después de que los asuntos relacionados con la salud física y mental del Sargento Bowe Bergdahl sean considerados por su equipo médico...

07 de Junio de 2014
Después de que los asuntos relacionados con la salud física y mental del Sargento Bowe Bergdahl sean considerados por su equipo médico, dependerá del sistema de justicia militar lidiar con los alegatos lindantes con su deserción de su unidad en Afganistán.
 
¿Qué sucederá entonces? ¿Cuáles son los pasos a seguir, y los posibles resultados?
 
El sistema de justicia militar estadounidense es único, y por una buena razón. Existe para reforzar el orden y la disciplina en las fuerzas armadas, y exhibe aspectos únicos, claramente separados y distinguibles del sistema de justicia criminal civil.
 

La etapa investigativa
 
En primer término, y tal como sucede en el sistema de justicia civil, se presume que Bergdahl es inocente, como una cuestión legal. Esta presunción de inocencia -garantizada constitucionalmente- permanecerá junto a él. Si -un gigantesco 'Si'- el proceso da lugar a una corte marcial, retendrá aquella presunción legal, a menos que reciba condena a partir de evidencia razonable y competente, más allá de la duda razonable. 
 
En segundo orden, apenas luego de que la fase de recuperación física y mental esté completa, lo más probable es que a Bergdahl se le brinde la oportunidad de responder preguntas en relación a las circunstancias que lo forzaron a abandonar su puesto.
 
En virtud de que la ausencia o elusión no autorizada frente a las propias tareas es un crimen, en conformidad con el Código Uniforme de Justicia Militar (UCMJ por sus siglas en inglés, Artículo 86), cualquier individuo que desee preguntar a Bergdahl sobre este tópico -o sobre cualquier otro delito-, primero deberá leerle sus derechos, comprendidos en el Artículo 31b. El Artículo 31b del UCMJ exige que el personal militar o los investigadores que sospechen que personal en servicio de los Estados Unidos incurrió en un delito (1), informen al sospechoso la naturaleza de la acusación y (2), le aconsejen que no deberá formalizar una posición de cara a la ofensa y, (3), que cualquier posición podría ser utilizada como evidencia contra él en un tribunal conformado en base a corte marcial.
 
Luego de oír sus derechos -comprendidos en el Artículo 31b-, Bergdahl podría -o no- decidir formalizar una postura, en forma voluntaria.
 
Tercero, los investigadores militares están trabajando en el caso ahora, y completarán su investigación sobre las circunstancias que rodean a la partida de Bergdahl de su puesto, a su debido tiempo. Ello podría involucrar el registro de comentarios o expresiones adicionales de parte de testigos, y/o la recolección de evidencias adicionales tangibles, o de otro carácter.
 
Cuarto: luego de completarse la investigación, ésta continuará de parte de la cadena de mando de Bergdahl y, eventualmente, cursará hasta llegar a un oficial superior con poder para convenir una corte marcial contra Bergdahl. La autoridad competente -normalmente, un almirante o un general- tendrá a su disposición una miríada de opciones, dependiendo de los hallazgos devueltos por la investigación.
 
 
La etapa de la responsabilidad
 
Las autoridades militares competentes ejercitan discreción absoluta a la hora de cómo lidiar con instancias de faltas a la conducta o delitos. El caso Bergdahl no es una excepción. La autoridad competente es un oficial (no abogado) que, en términos de justicia militar, es aconsejado por un abogado o consejero militar de uniforme (miembro del Cuerpo de la Defensoría Judicial General -Judge Advocate General’s Corps, o JAG Corps).
 
La autoridad competente aguardará a que la investigación se complete, previo a tomar ningún tipo de acción contra Bergdahl. Una vez que la investigación haya llegado a término, dependiendo de la evidencia existente o inexistente, la autoridad competente dispondrá de una amplia gama de alternativas sobre la mesa. Estas opciones administrativas, en formato de corte marcial, incluyen:
 
(1) Hacer nada, en el caso de que la evidencia no ofrezca espacio para acciones de ningún tipo. En tal caso, lo más probable es que Bergdahl abandone el Ejército de Estados Unidos con baja deshonrosa.
 
(2) Aplicar sobre Bergdahl un castigo no-judicial por vía de un Oficial en Comando, derivado del Artículo 15. Bergdahl podría rechazar este castigo en lugar de una corte marcial. Si acepta el castigo no-judicial, podría ser reprimido con pérdida de un porcentaje de su salario, o ver su escala salarial degradada. En el castigo no-judicial, las reglas de la evidencia obtenida no aplican; el acusado no tiene derecho a un abogado; y el Oficial en Comando actúa como investigador de los hechos, e impone el castigo.
 
(3) Remitir a Bergdahl a un comité de baja administrativa (llamada, en inglés, 'Admin Board') por violaciones específicas del Código de Justicia Militar. En un 'Admin Board', Bergdahl tiene derecho a un concejo de defensa legal gratuito. Las reglas de la evidencia no aplican. El comité está compuesto por tres oficiales que atienden a la evidencia presentada por el gobierno y la defensa. El comité decide si el acusado incurrió en las faltas a la conducta citadas. Si hallare que no hubo faltas a la conducta, el 'Admin Board' o comité administrativo procederá a su disolución. Si hallare faltas a la conducta, entonces el comité deberá decidir si retener al acusado en servicio, o si recomienda la baja. Si recomienda la baja de las fuerzas armadas (esencialmente, 'despedir' al acusado de su empleo en las fuerzas armadas), entonces el comité deberá elegir la naturaleza de la baja. Las tres opciones, de mejor a peor, son: (1) Baja honrosa; (2) Baja general; (3) Otras que baja deshonrosa (calificadas como 'OTH').

 
La corte marcial
 
La autoridad competente podría decidir, basada en la naturaleza de las ofensas supuestamente cometidas por Bergdahl, enviarlo a una corte marcial-militar.
 
Existen dos formatos de corte marcial: una corte marcial especial para ofensas menores, y cortes marciales generales para ofensas calificadas como delito. En ambas instancias, se incluye -pero no se limita a-: el derecho a consejo legal; el derecho a permanecer en silencio y a que ese silencio no se utilice contra él; el derecho a carear a todos los testigos del gobierno, y a llamar a testigos por propia cuenta, y similares.
 
Los oficiales senior con experiencia en la justicia militar suelen servir como jueces militares. Un juez militar preside la corte marcial, y formaliza decisiones en la corte, casi exactamente como sucedería en un tribunal civil estadounidense. El acusado puede exigir se le permita comparecer ante un jurado militar o ante el magistrado, en soledad.
 
Las autoridades competentes pueden remitir casos a una corte marcial especial, si existe causa probable para considerar que el acusado cometió una ofensa bajo el Código de Justicia Militar. A los efectos de remitir un caso a una corte marcial especial, solo deberán firmar una pieza de papel, conocida como 'orden competente', y una corte marcial especial ya dará inicio a sus funciones.
 
Si la autoridad competente decide enviar a un acusado a una corte marcial general, primero deberá enviar el caso a una audiencia preliminar, llamada Artículo 32. En el Artículo 32, el acusado estará representado por un consejero legal, y el gobierno pondrá a disposición la evidencia para establecer una causa probable que demuestre que el acusado cometió las ofensas citadas. El acusado podría desafiar la evidencia obtenida por el gobierno, y proponer evidencia, si así eligiese hacerlo. Un oficial investigador -un oficial de la Defensoría Judicial General- presidirá sobre el Artículo 32, y efectuará una recomendación escrita para la autoridad competente, con el objeto de evaluar si acaso existe causa probable y, si ésta existiere, qué cargos deberán ser enumerados contra el acusado.
 
Una vez que la autoridad competente reciba la recomendación del oficial investigador, él deberá tomar una decisión independiente (con el consejo y los aportes o testimonios de su oficial de la Defensoría), a criterio de contemplar si deberá enumerar cargos contra el acusado. La autoridad competente contará con discreción irrestricta para referir cargos contra el acusado.
 
 
Cargos posibles
 
Asumiendo que la investigación se encuentra en proceso, y que no conocemos la totalidad de los hechos detrás de la partida del acusado de su unidad, sería prematuro listar los cargos que podrían aplicarse contra aquél.
 
El rango de opciones -conforme discutido arriba- incluye desde la falta de decisión alguna, hasta -dependiendo de la investigación- cargos que involucren la supuesta violación de:
 
(a)    Artículo 85—Deserción en tiempo de guerra
 
Mínimo de 5 años; la condena máxima posible incluye la muerte
 
(b)   Artículo 86—Ausencia No Autorizada
 
Máximo de 1 año
(c)    Artículo 99—Comportamiento Erróneo ante el Enemigo
 
La sentencia máxima posible incluye la muerte
(d)   Artículo 104—Asistir al Enemigo
 
La sentencia máxima incluye la muerte
(e)    Artículo 105—Comportamiento Erróneo en el Rol de Prisionero
 
Máxima condena posible: prisión perpetura

 
 
¿Qué sigue?
 
Bergdahl se presentó como voluntario para servir en el Ejército de los Estados Unidos de América. Hizo un juramento para proteger y defender la Constitución de los Estados Unidos, como sucedió con la totalidad de los miembros de las fuerzas armadas del país.
 
El Congreso, la prensa y el pueblo estadounidense no deben anticiparse a los hechos o a la investigación que, naturalmente, tendrá lugar en el marco de un análisis objetivo y apropiado de toda la evidencia disponible.
 
A Bergdahl, le tomará algún tiempo recuperarse de su padecimiento, si acaso logra hacerlo. En algún punto, durante las próximas semanas, pasará de ser un paciente, hasta un potencial sospechoso.
 
Se presume que Bergdahl es inocente de cualquier delito, y esto continuará así, a menos que se le aplique una condena, más allá de la duda razonable.
 
El sistema de justicia militar estadounidense es fuerte e independiente, y se encuentra en total capacidad de lidiar con un caso como el citado. Los líderes políticos y militares de carrera no deberán intentar influir sobre la autoridad competente en relación a este caso. Eso no solo es ilegal, sino que compromete la integridad del proceso.


Traducción al español: Matías E. Ruiz | Artículo original en inglés, en http://dailysignal.com/2014/06/06/military-justice-works-way-allegations-bergdahl-will-handled/

 
Sobre Charles 'Cully' Stimson

Antes jefe de personal para el ex presidente de la Fundación Heritage, Edwin J. Feulner; es hoy reconocido en Estados Unidos como experto en seguridad nacional, seguridad interior y control del delito. Es analista en temas legales en Centro para Estudios Judiciales y Legales de la fundación, habiendo desarrollado sobre detenciones militares y comisiones, inteligencia y ley criminal (incluyendo Patriot Act y FISA), inmigración y lucha contra las drogas. Es miembro del directorio de la U.S. Soccer Foundation.