SOCIEDAD: POR PROMOVER DESCARGA DE CONTENIDOS ILEGALES

A los dueños de Taringa les llegó su hora: la Justicia los acusa por violar la Ley de Propiedad Intelectual

Merecido final para Alberto Nakayama y los hermanos Matías y Hernán Botbol -creadores del sitio de contenido ilegal Taringa.net-: fueron condenados por la Justicia por violación de la ley de propiedad intelectual. Los jóvenes muchachos (mal llamados "emprendedores") consideraron erróneamente desde el principio que su página era digna de Sillicon Valley. Pero la realidad dista mucho de ser así. Mientras en el Primer Mundo, los sitios web que almacenan este tipo de contenidos son cerrados y sus titulares condenados a prisión de cumplimiento efectivo, la Argentina aún permite actividades relacionadas con la piratería y el software ilegal en la Red, gracias a la pasividad de las autoridades. Para colmo, Taringa.net ya se estaba transformando en un espacio idóneo para el escrache político de parte de elementos del kirchnerismo, en donde incluso se publican abiertamente los datos personales de los damnificados. Solo resta que los tribunales pongan manos a la obra y promuevan al cierre del sitio. La nota, en Infobae.com.

08 de May de 2011

La Sala VI de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional ratificó la acusación de "partícipes necesarios" de la violación a la ley de propiedad intelectual contra los dos propietarios del sitio Taringa!, dado que conocían la ilegalidad de la maniobra de descarga y la permitían.

En su descargo, los abogados de los dos imputados habían alegado que "es imposible que determinen el contenido de las cargas y establezcan si violan los derechos de autor cuando diariamente, en promedio, se realizan veinte mil posts y porque no tienen acceso al Registro Nacional de la Propiedad Intelectual para cotejarlo", según consigna el Centro de Información Judicial.

A pesar de ello, los magistrados consideraron que "los imputados a través de su sitio permitían que se publiciten obras que finalmente eran reproducidas sin consentimiento de sus titulares. Si bien ello ocurría a través de la remisión a otro espacio de Internet, lo cierto es que justamente tal posibilidad la brindaba su servicio".

"Adviértase que si bien los autores del hecho finalmente serían aquellos que subieron la obra al website y los que 'la bajan', lo cierto es que el encuentro de ambos obedece a la utilización de la página, siendo sus responsables al menos partícipes necesarios de la maniobra y además claros conocedores de su ilicitud, por lo que el convenio que exhiben para pretender exonerarse de responsabilidad no podrá ser tenido en cuenta", concluyó el fallo.

InfoBae.com