Ladrones y genocidas
"(...) Se entenderá por 'genocidio' (...) c) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial (...)" [Artículo Sexto del Estatuto de Roma]
"(...) Se entenderá por 'genocidio' (...) c) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial (...)" [Artículo Sexto del Estatuto de Roma]