SOCIEDAD: POR RUBEN GIOANNINI, PARA EL OJO DIGITAL

Cristina Fernández de Kirchner y el veto al 82% móvil: "El Estado soy yo"

Un breve análisis sobre el veto presidencial a la ley 26.649 de Jubilados demuestra el poco o nulo respeto que se le tiene, desde el gobierno federal, a los Derechos del Pueblo y a la Constitución misma.

16 de Octubre de 2010
Las palabras de la Presidente de la Nación para justificar el veto suenan como un verdadero insulto a la inteligencia de los argentinos. Ella lo refirió en estos términos: "Cuando uno habla de la Constitución y de la Seguridad jurídica, debe hacerlo desde un lugar de autoridad moral en relación a cómo estamos ejerciendo los roles de la Constitución". Pero que nadie se ponga nervioso: no queremos que nadie se vaya. Simplemente, que cumplan con lo determinado en la Carta Magna. Después de analizar jurídicamente los hechos, preguntaré: ¿cuál es la seguridad jurídica de que se habla, y qué autoridad moral tiene ella para dirigirse al Pueblo como lo hace, vetando la Ley? Ahora bien, la Constitución Nacional -a través de su Art. 14 bis- garantiza en los haberes de Jubilados y Pensionados la Movilidad en los mismos. A su vez, los Pactos Internacionales sobre Derechos Humanos que tienen jerarquía constitucional garantizan los Derechos de las personas mayores. Todas estas garantías y derechos, desde hace muchos años, han sido y siguen siendo violados en perjuicio de los ciudadanos adultos mayores. Esto es así, a tal punto que cientos de miles de Jubilados se ven obligados a remitirse a la Justicia como último recurso, con el objetivo de buscar amparo en sus derechos constitucionales. El Supremo Tribunal de Justicia de la Nación -dada la enorme cantidad de reclamos que han llegado a colapsar el fuero previsional- dictó en su momento un fallo salomónico, tal vez algo irregular, buscando una solución política a esta violación a la Constitución. Lo hizo enviando al Congreso de la Nación el expediente Badaro Adolfo c/ANSeS con el fallo, sugiriendo al parlamento cumplir con su obligación constitucional de reorganizar las leyes de orden público que garanticen el ejercicio y goce pleno del derecho observado en el mencionado Art. 14 bis. Ese texto es la garantía irrenunciable de la Seguridad Social; se busca, de esta manera, dar cumplimiento al Art. 28 de la C.N. que reza: “Los principios, garantías y derechos reconocidos en los anteriores artículos, no podrán ser alterados por las leyes que reglamenten su ejercicio”. Dicha sugerencia no obtuvo el resultado esperado ya que, al tener en ese entonces mayoría absoluta en el parlamento, el oficialismo “cajoneó” la sugerencia por más de un año, obligando a la Corte Suprema de Justicia a sacar el fallo conocido como Badaro II. Mientras tanto, miles de Jubilados morían, sin que sus Derechos Humanos y Constitucionales fuesen respetados mínimamente. El fallo Badaro II reconoció el derecho al Jubilado y le otorgó la razón al reclamo, definiendo la movilidad -garantía constitucional- como "la proporcionalidad razonable que debe existir entre el haber del Jubilado y el salario del trabajador”. Ante esta situación, y en una clara maniobra de bastardeo jurídico, el Poder Ejecutivo envió un proyecto mal llamado de "Movilidad", que prontamente fue aprobado por la mayoría de “alcahuetes” bien pagos al servicio de la Reina. Al salir, esto originó otras cataratas de juicios de Jubilados, con el consecuente resultado de colapso en la administración de Justicia. Con las últimas elecciones, cambió la composición de las Cámaras, quedando en minoría la Reina y sus secuaces. La mayoría opositora asumió su obligación constitucional Art. 75 inc.23 de la Carta Magna (atribuciones del Congreso) que dice: “Legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitución y por los Tratados Internacionales vigentes sobre Derechos Humanos, en particular respecto a los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad”. Se decidió a poner las cosas en orden y a través de un proyecto aprobó la Ley 26.649, que garantiza el 82% Móvil para las Jubilaciones y Pensiones mínimas, regularizándose en las otras superiores a través de la aplicación del porcentaje de movilidad fijado por la Corte Suprema de Justicia en los casos Sánchez y Badaro. En este punto del análisis, cabe observar que dos Poderes del Estado -en cumplimiento de sus obligaciones constitucionales- reconocen el Derecho de los ciudadanos adultos mayores a percibir la movilidad en sus Haberes de Jubilados, y es entonces que el Poder Supremo de Cristina I de Argentina veta con un Decreto la ley que trata de normalizar la situación irregular de los Jubilados. Se termina, de esta forma, en la violación que se perjudica sus Derechos. Esto tiene un claro sentido de avasallamiento a dos Poderes del Estado, pues el Poder Ejecutivo queda como poder soberano, al anular los derechos fijados en la Carta Magna de todos los ciudadanos. Se somete la voluntad soberana del Pueblo a los caprichos de la Presidente. Surgen, finalmente, las preguntas: ¿Con qué autoridad basa su veto esta “Señora”? Cuando el Presidente y el Vice asumen el mandato por Art. 93, se encuentran obligados a jurar y a hacer observar la Constitución Nacional. El Vicepresidente, por lo menos, no faltó a su juramento, al intentar desempatar a través de su voto para que una ley surgida en el Congreso hiciese observar la Constitución en lo que hace a los derechos garantidos de los ciudadanos argentinos. Usted, “Señora”, no sólo comete perjurio, sino que se garantiza con su veto seguir gobernando en la ilegalidad. Se propone hacer esto, anulando la Constitución para erigirse en la única ley suprema de la Nación. Observa una clara actitud de desprecio hacia su Vicepresidente (el que llama “okupa”), hacia los representantes de Pueblo (los ignorantes) y a la Corte Suprema de Justicia ( los “turros”). ¿Qué queda entonces para nuestro pobre Pueblo, ante la desfachatez que Ud. exhibe en el ejercicio de su poder? Luis XIV, en quién con seguridad usted se habrá inspirado, solía decir "El Estado soy yo". Por lo menos, a él el poder le bajaba de Dios. En cambio, a Usted, “Señora”, el poder le deviene de la cobardía de millones de argentinos, de la ignorancia por parte del Pueblo con respecto a sus derechos Constitucionales, de la camarilla de alcahuetes organizados en mafias que se han enriquecido a nuestra costa y las sostienen. Por cierto, ese poder -en la forma que Ud. lo ejerce- se condice bien con su total falta de decoro y ética manifiestas. Solo me cabe agregar que, a la Argentina que usted quiere salvar de la quiebra a costa del hambre y la miseria de los Jubilados, Ud. ya la ha quebrado hace ya mucho tiempo, moral, espiritual y económicamente, sumiendo a nuestro Pueblo en la peor de las desgracias. Por Rubén Gioannini, para El Ojo Digital Sociedad. Movimiento Patriótico Nacional Previsional e-Mail: tiemponacional1050@yahoo.com.ar
Por Rubén Gioannini, para El Ojo Digital Sociedad