POLITICA: PABLO PORTALUPPI

Alejandra Gils Carbó y la causa CNU en Mar del Plata: caso testigo

A la hora de valorar con precisión el complejo entramado de relaciones entre Justicia y oficialismo...

05 de Diciembre de 2014
A la hora de valorar con precisión el complejo entramado de relaciones entre Justicia y oficialismo, quizás los ensayistas deban remitirse a los prolegómenos de una causa que se instruye en la Ciudad de Mar del Plata, en la que se entrecruzan el manejo discrecional y antojadizo que ha caracterizado a ambas Administraciones kirchneristas frente a los derechos humanos y la omnipotente presencia de la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó. Complementariamente, se asiste a una causa con escasa repercusión en los medios.

El 20 de marzo de 1975, es asesinado en la vía pública -a plena luz del día- el supuesto líder de la CNU (Concentración Nacional Universitaria), Ernesto Piantoni. La agrupación estaba integrada por la derecha peronista, enfrentada a la izquierda justicialista; generalmente, quedando reducida esta lid a los claustros universitarios (muchas veces, empleándose armas de fuego). La refriega hacía las veces de pequeña réplica de lo que suceda en el país, con la cruenta lucha entre la Triple A (Alianza Anticomunista Argentina) y Montoneros.

En ocasión de las exequias del Piantoni -de profesión, Abogado-, miembros de la CNU  juraron venganza, bajo la consigna del '5x1'. Así fue como, durante la jornada siguiente, cinco individuos ligados a la izquierda peronista serían secuestradas y asesinadas. Durante los recientemente celebrados 'juicios por la verdad', cinco ex integrantes de la CNU fueron juzgados a raíz de aquellos crímenes. El caso más icónico fue elevado a juicio para 2015, aunque aún no está todo dicho. Si se tratase de crímenes de lesa humanidad, éstos no prescribirían. Si éste no fuera el caso, el proceso terminaría siendo declarado inválido, sin chances de llevarse a cabo.

Los hechos juzgados fueron cometidos bajo el gobierno constitucional de Isabel Perón. El entonces Fiscal de la causa, Dr. Juan Manuel Pettigiani, emitió su dictamen, en el que fundamentó que no se trata de crímenes de lesa humanidad: la conclusión es que la causa debería prescribir, tras haber pasado casi cuarenta años luego de los episodios. En su alegato, Pettigiani subraya que los hechos tuvieron lugar bajo un mandato constitucional, aunque de 'baja intensidad democrática'. Aún así, 'los resortes del poder estaban en diferentes manos', por lo cual 'este débil funcionamiento institucional no puede ser suplido mediante el recurso de aplicar categorías internacionales tendientes a evitar la comisión de hechos atroces. Los hechos no pueden ser subsumidos dentro del derecho penal internacional, al no constituir delitos contra la humanidad'.

Pettigiani lleva adelante una extensa descripción del contexto político y social imperante en la Argentina de aquel entonces, y de Mar del Plata en particular, de la cual recuerda que la localidad costera se hallaba ajena a la lucha política que cobraba dimensión nacional -conforme era gobernada por el socialismo. A posteriori, el Fiscal se encarga de citar jurisprudencia sobre la esencia de los crímenes de lesa humanidad, citando fallos de los magistrados de la Corte, Ricardo Lorenzetti y la recientemente fallecida Carmen Argibay, en causas distintas. Allí, se afirma que debe ser considerado crimen de lesa humanidad cuando 'un agente estatal acciona en ejecución de una acción gubernamental' y a 'una planificación secreta y medios clandestinos que solo se conocen muchos años después de su aplicación', completando que 'los actos criminales forman parte de una política de Estado'. Una característica común en este tipo de crímenes es que los asesinos ejercen un 'control territorial'.

Estudiosos del contexto sociopolítico del momento recuerdan que la Triple A era regenteada por el entonces hombre fuerte del Gobierno de Isabel y Ministro de Bienestar Social, José Lopez Rega: la base de la siniestra organización habría funcionado en los sótanos del ministerio. Pero no se trataba de una política de Estado, sino de la acción de un importante miembro del Gabinete. Y, al tratarse de un gobierno constitucional, el fiscal subraya que existían controles por parte de otro actores: oposición, Congreso, Corte Suprema, sindicalismo, y que no se trataba de un poder totalitario por parte de un Estado. Se trataba, en todo caso y en rigor, de una lucha criminal entre facciones. Pettigiani insiste en subrayar en su dictamen el carácter de organización criminal endosable a la CNU.

Naturalmente, una miríada de organismos de derechos humanos objetaron el dictamen, aduciendo que el mismo carece de objetividad. La política volvió a influir: la Procuradora Alejandra Gils Carbó decidió remover a Pettigiani de la causa, nombrando en la misma al Dr. Daniel Adler, quien fuera presidente del tribunal que enjuiciara a José Maria Campagnoli; pero Adler lleva consigo un pesado lastre: lo persigue una denuncia contra su persona por 'presionar', según declaraciones, a un colega para que declarase en contra del Juez Pedro Hooft. Hooft fue acusado de complicidad con la dictadura militar, pero fue absuelto durante 2014. Por otra parte, Pettigiani fue víctima de sumarios administrativos, para terminar siendo apartado de todo proceso judicial relacionado con los DD.HH. En un fallo reciente, el Juez Santiago Inchausti elevó a juicio oral la causa CNU para 2015.

El Dr. Andrés Barbieri -defensor de dos de los acusados- presentó una denuncia penal contra Gils Carbó, aduciendo coacción y persecución en perjuicio del Fiscal Pettigiani, echando mano la funcionaria de una clara política de hostigamiento. Por otra parte, presentó una resolución de la Real Audiencia de España, en la cual la misma niega el pedido de extradición formulado por la justicia argentina a dos ex integrantes de la CNU. El máximo tribunal español fundamenta su decisión en que no se asiste, en tal caso, a delitos de lesa humanidad. Los explica el propio Barbieri: 'Dado que a Gils Carbó no le agradó el dictamen, decidió remover al fiscal. Como a Gils Carbó tampoco le gustó que Campagnoli investigase a Lázaro Báez, optó por hacerle juicio político. Todo un disparate'. Maniobra clásica del kirchnerismo -'De manual', dirían algunos-: si a Usted no le cae en gracia el departamento, bombardéelo. En las próximas horas, el Dr. Barbieri presentará un escrito exigiendo la nulidad de la elevación a juicio de la causa, fundamentándose en el dictamen original, en la resolución española, y en las irregularidades registradas en el proceso de remoción de Pettigiani.

El caso se presenta complejo. Pero letrados consultados afirman estar de acuerdo con el dictamen de Pettigiani.  Si los crímenes cometidos por la CNU fueran considerados de lesa humanidad, deberían ser tratados con idéntico criterio los homicidios perpetrados por la Triple A, el ERP, o por Montoneros. El asesinato de Aramburu tuvo lugar bajo un gobierno militar, es decir, en un Estado ilegal e ilegitimo y, no obstante ello, no fue considerado de lesa humanidad. Más aún: ¿por qué no se ha juzgado a los homicidas de Piantoni? Algunos todavía recuerdan los intentos de indagar a Isabel Perón a partir de los delitos acometidos por la Triple A -intento que no prosperó. Al decir de una fuente judicial, 'Si el juicio contra la CNU prospera, sería como abrir una caja de Pandora. Comenzaría detrás de eso una catarata de juicios que nunca terminarían. Quizás deba ser así pero, en tal caso, lo que corresponde es juzgar a todos por igual'. En efecto, ya existe trámite para la causa catalogada como 'CNU 2', en la cual estaría involucrado un dirigente sindical de primera línea.


 
Sobre Pablo Portaluppi

Es Analista en Medios de Comunicación Social y Licenciado en Periodismo. Columnista político en El Ojo Digital, reside en la ciudad de Mar del Plata (Provincia de Buenos Aires, Argentina). Su correo electrónico: pabloportaluppi01@gmail.com. Todos los artículos del autor, agrupados en éste link.