ECONOMIA Y NEGOCIOS: LIC. ERIC NESICH

Nuevo round entre el Gobierno Nacional y los hedge funds o 'fondos buitre'

El 30 de septiembre será clave -y, acaso, remitirá a un nuevo capítulo- en el áspero intercambio entre el gobierno argentino y los hedge funds.

25 de Septiembre de 2013
El 30 de septiembre será clave -y, acaso, remitirá a un nuevo capítulo- en el áspero intercambio entre el gobierno argentino y los hedge funds. Restan pocos Twitter, Lic. Eric Nesichdías para que la Corte Suprema de Nueva York se expida de cara a la posibilidad de tomar en sus manos la apelación presentada por la República Argentina ante el fallo dictado por el magistrado Thomas Griesa en la causa contra los 'fondos buitre'.
           
La decisión del supremo tribunal estadounidense es aguardada con impaciencia, pese a que la Argentina respalda su caso en la vigencia temporal de una medida cautelar (stay, en inglés) que impide el embargo de fondos destinados al pago de los bonos relacionados con los canjes. Sirve recordar que los fundamentos de la sentencia publicada el 26 de octubre del 2012 refieren que la República Argentina violó la cláusula de tratamiento igualitario (pari passu) entre los tenedores de bonos que aceptaron el canje de deuda, y aquellos que no lo hicieron. 
           
Durante el pasado mes de agosto, la Cámara de Apelaciones neoyorquina confirmó el fallo que obliga al país a abonar la totalidad de lo reclamado a un grupo específico de bonistas que no ingresaron al canje. Los jueces obviaron considerar un nuevo canje como solución aceptable para los demandantes, ratificando el fallo del juez Griesa; la decisión del veterano magistrado obliga al país a pagar cerca de US$ 1.500 millones al contado.
            
Mientras tanto, la definición de la escarpada trama judicial se dilata, y el stay permite ganar algo de tiempo. Los plazos procesales y la relevancia que cobra el tema desde lo financiero (a nivel global ya sentaría un valioso precedente) permiten prever que la definición podría alargarse hasta llegar a mediados de 2014.
               
De confirmarse una sentencia desfavorable para la República Argentina, el escenario del default técnico podría convertirse en una realidad. Si el Estado argentino optare por prestar oídos sordos al nuevo fallo, la justicia norteamericana forzaría al Banco de Nueva York (BONY) a pagar a los tenedores de bonos defaulteados mediante la retención de una proporción de los fondos destinados a quienes sí ingresaron en los canjes anteriores; lo cual resultaría en el default técnico citado previamente.
                 
Hace pocos días, en medio de una mesurada y ciertamente atípica aparición en Cadena Nacional, la Presidente Cristina Fernández anunció la nueva votación para que el parlamento argentino vote la reapertura del canje de deuda para el 7% de acreedores (incluyéndose al 0,45% que litiga contra el país en Nueva York), que en su oportunidad no ingresó a las reestructuraciones presentadas durante 2005 y 2010.
                   
Por otra parte, se ofrecerá a quienes sí entraron en los procesos previos y que posean bonos comprendidos bajo leyes extranjeras (un aproximado de US$ 28 mil millones) modificar el sitio de pago y la jurisdicción de la deuda por los de la Argentina. Se trata de una jugada a todas luces riesgosa que, por sí sola, podría tentar a los acreedores a replicar con una férrea negativa, rematando, al cierre, con el temido default.
                  
Subsisten, igualmente, numerosas cuestiones sin resolver que cualquier tenedor de bonos probablemente evalúe ante la propuesta de cambio de jurisdicción. La primera es el riesgo país argentino, que se mantiene en niveles elevados pese a que la República Argentina es un "pagador serial" -si hemos de atenernos a las definiciones de Cristina. La segunda cuestión remite al riesgo cambiario: aún cuando el Gobierno sostenga que pagará en dólares, el inversor extranjero dispone de una miríada de argumentos para desconfiar: las reservas internacionales del BCRA cayeron por debajo de U$$ 35.000 millones (tras el pago en dólares del AS13 este mes), y no asoman perspectivas de cambio en esa tendencia negativa. Fundamentalmente, otra incógnita sobrevuela el ambiente: de cobrar en dólares estadounidenses, ¿acaso podrán los acreedores extranjeros girar sus fondos al exterior sin ataduras ni interferencia oficial?
                 
Si la Corte Suprema confirma el fallo de primera instancia y el Estado argentino se mantiene firme en su prerrogativa de no pagar al contado a los demandantes, la cuestión de la deuda con los holdouts continuará sin hallar resolución. Con el agravante de que la sentencia judicial en Estados Unidos obsequiaría margen a los hedge funds para legitimar sus reclamos en otros países y, en definitiva, derivar en una crisis financiera a escala global.
                
Está por verse, pues, cómo continuará la pulseada entre el Gobierno Nacional y sus acreedores.
 
 
 
Sobre Eric Nesich

Es Licenciado en Periodismo y Licenciado en Ciencia Política. Columnista de El Ojo Digital especializado en temas económicos y financieros, y aficionado a la investigación relativa a fraudes y estafas en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, Argentina. Sus artículos son publicados regularmente en http://www.elojodigital.com/categoria/tags/eric-nesich. Su correo electrónico para consultas es eric.nesich@gmail.com.